El Artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales permite que cada Estado de México aplique la Ley Seca el día de las Elecciones 2024.
En el Estado de México, la venta de bebidas alcohólicas se suspende en todas sus graduaciones, de las 00:01 horas del sábado 1 de junio, a las 23:59 horas del domingo 2 de junio del 2024. Esto aplicará para los establecimientos mercantiles ubicados que están en la CDMX y Estado de México. Se incluyen vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio y departamentales.
La Ley Seca incluye el servicio a domicilio y en el que se comercialicen y obsequian bebidas alcohólicas para el consumo humano. ‘‘Se exceptúa el consumo de bebidas alcohólicas en copeo con alimentos (no botanas) al interior de restaurantes. La venta en envase cerrado para consumir fuera de los establecimientos mercantiles deberá entenderse como suspendida’’, detalla la Gaceta de la CDMX.
El fundamento legal de la Ley Seca está creado para garantizar el orden y el correcto desarrollo de la Jornada Electoral. Está delimitado en el Artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.