Hasta 34 mil pesos de multa puedes recibir si realizas de manera equivocada tu Declaración Anual ante el SAT.
Daniel Martínez, representante de Enconta, plataforma de contabilidad, explicó que uno de los errores más comunes es que las personas asumen que no les toca presentar su declaración porque son asalariados y eso no es del todo correcto.
¿Quiénes deben declarar?
Los obligados son:
- Quienes sean asalariados, pero finalizaron su relación laboral antes del 31 de diciembre.
- Obtuvieron ingresos por dos patrones de manera simultánea.
- Recibieron ingresos acumulables además del salario.
- Percibieron su pago por un empleador no obligado a realizar las retenciones.
- Adquirieron algún tipo de indemnización laboral.
Los no obligados son:
- Las personas que bajo los supuestos anteriores no están obligadas a declarar pueden hacerlo, sobre todo para obtener beneficios fiscales como la deducción de impuestos, y en su caso, obtener saldo a favor.
Daniel Martínez explica que la información ya aparece precargada en la plataforma, sólo es cuestión de verificar que sean correctos, corregir y enviar. “La autoridad facilitó otras herramientas: el visor de nómina, que trae la información sobre los ingresos, o el simulador, con el que podrán practicar la presentación del documento”.
Daniel Martínez advirtió que el incumplimiento en la presentación de la declaración podría generar alguna penalización para el contribuyente, entre las que se encuentran:
- De 1,400 a 17,370 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente.
- De 1,400 a 34,730 pesos por cada obligación al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
- De 14,230 a 28,490 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de
- De 4,260 a 14,230 pesos por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones oficiales.
El especialista indicó que estas multas son acumulables, por lo que recomendó no dejar el trámite para los últimos días del mes, ya que en caso de que surja alguna duda o aclaración, aún se tendrá la oportunidad de resolverla al contactar con el personal correspondiente.
Fuente: Dineroenimagen.com