Para el siguiente año, existen diversos aspectos en la agenda fiscal y de comprobantes fiscales que son importantes resaltar y entender.
En primer lugar, como contribuyentes tendremos algunos cambios ligeros en la forma de llenar los comprobantes fiscales; aunque el estándar no cambiará, es importante revisar los cambios a la forma en que se llenan las facturas electrónicas, la cual se detalla en la guía de llenado del Anexo 20 de la RMF.
En el tema de gravar las ventas por catálogo, se decidió que no se llevaría a cabo, dado que el sector al que se le impondría la carga es uno de los más vulnerables y no cuentan con seguridad social, horario establecido y ese tipo de ingreso, es complementario a otras actividades, realizadas en su mayoría por mujeres jefas de familia sin apoyo de una pareja o un trabajo estable y formal, por lo que el cobro de impuestos a este grupo no sucederá.
Otro tema fiscal relevante es que se incrementará el IEPS en bebidas azucaradas y tabaco. De hecho, se tenían mayores pretensiones para cobrar impuestos a comida chatarra, bebidas alcohólicas, refrescos, pero al final sólo se hizo una actualización del IEPS a estos productos. Se tenía una iniciativa para bloquear plataformas digitales que no se inscribieran en el sistema fiscal mexicano, pero esto no se llevará acabo, al parecer, ya que existe una buena comunicación entre las plataformas y la autoridad fiscal, lo que derivó en un acuerdo que beneficiará tanto a la recaudación como a las empresas.
Lo que si sucederá es que se comenzarán a registrar y aplicar medidas específicas y no agresivas para cobrar impuestos a estas plataformas tentativamente en el segundo semestre del año entrante.
Se continuará con el tema de las cancelaciones de sellos digitales que son los mecanismos que sirven para poder emitir factura electrónica, pero ahora se incorpora un plazo de gracia para poder desvirtuar o corregir cualquier irregularidad que la autoridad haya detectado. Por otro lado, vienen diversos cambios relacionados a los temas de Facturas falsas y operaciones inexistentes, en los que se equipara la defraudación fiscal con los temas de crimen organizado. Este es sin duda un tema muy relevante, que generó cambios en el Código Fiscal de la Federación.
Básicamente el tema es que se sancionará a aquellas personas o empresas que realicen operaciones simuladas. No solamente se sanciona al sector privado, sino que también a servidores públicos, en ejercicio de sus funciones, que participen en este tipo de ilícitos. Recordemos que la autoridad sanciona a » Un contribuyente que emite un CFDI sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar servicios, producir, comercializar o entregar los bienes o servicios amparados en dichos comprobantes. O bien se encuentren no localizados por el SAT”.
La recomendación es que se acerquen con un buen contador y con empresas sólidas que les permitan realizar su comprobación fiscal de manera fiable y segura, evitar caer en cualquier infracción, ya que las reglas han cambiado y se debe cumplir en forma clara para evitar problemas.
Fuente: Dineroenimagen.com