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ATENTO CON LA POLICÍA FEDERAL ESTAS VACACIONES

Ha llegado el periodo vacacional de Semana Santa, y si tienes pensado salir de la ciudad, te decimos los motivos por los cuales un Policía Federal puede detenerte.

Actualmente la situación en México, en cuanto a la autoridad se refiere, presenta diversos atropellos a la ley y casos de abuso de autoridad, por ello la población ya no confía en los oficiales. Pensando en esta situación te damos las posibles causas por las que los agentes podrían pararte en carretera.

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– Conducir a exceso de velocidad: De acuerdo al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, el límite al que debes circular en carretera es 110 km/h. Si no hay señalamientos sobre estos límites, entonces debes considerar una velocidad máxima de 50 km/h en carretera urbana, y 100 km/h en carretera. Si tu exceso es por 20 km/h o menos, te harás acreedor a una multa que irá de los 50 a los 60 días de salario mínimo. Si sobrepasas esos 20 km/h, la multa entonces será de entre 60 y 70 salarios mínimos. Pero tampoco conduzcas tan lento, pues también hay multas por manejar a una velocidad demasiado baja cuando no haya alguna justificación o motivo para hacerlo, entorpeciendo así el tránsito en la carretera. En este caso la sanción sería de entre 10 y 15 días de salario mínimo. Para detectar las velocidades de los vehículos, la Policía Federal cuenta con pistolas radar.

 

– No utilizar el cinturón de seguridad: La multa va de los $1,345 a $1,681.

– Transportar personas en el lugar destinado para carga: Multa: $1,345 – $1,681.

– Realizar maniobras de cambio de carril sin la debida precaución: Multa: $672 – $1,009.

– Cruzar la línea continua: Multa: $671 – $1,345.

– Huir en caso de accidente: Multa: $3,364 – $4,036.

– Estacionarse o parar en lugares prohibidos: Multa: $672 – $1,009.

– Fallas en las luces rojas traseras o en los faros delanteros: Multa: $1,345 – $1,681.

– No traer tarjeta de circulación: Multa: $1,009 – $1,345.

– Placas ilegibles o mal colocadas: Multa: $1,009 – $1,345.

– Circular en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga.

*** Las cantidades anteriores pueden variar de acuerdo a la zona del país.

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¿Y SI YA TE DETUVIERON?

Al ser detenido, los policías federales decidirán si te amonestan de forma verbal, escrita o te levantan una infracción. Si al momento de ser detenido por una patrulla de la policía federal te rehusas a mostrar tu documentación original, tales como la licencia de conducir o la tarjeta de circulación, podrás ser arrestado. Lo mismo ocurre si te niegas a recibir la infracción, la rompes, o insultas y/o amenazas a los policías. Es importante señalar que los Policías Federales NO podrán retener tu licencia de manejo o tu tarjeta de circulación como garantía de que pagarás tu multa.

¿CÓMO PAGAR LA INFRACCIÓN?

Si fuiste infraccionado, debes obtener una línea de captura en la página de la Comisión Nacional de Seguridad o al teléfono 01 800 440 36 90. Al momento de realizar este trámite, debes tener el número de expediente del oficial que te infraccionó y el folio de la multa. Con el número de captura acude a pagar en cualquier sucursal de Bancomer, recuerda que entre más pronto lo hagas, puedes recibir un descuento por concepto de “pronto pago” (15 días hábiles después del levantamiento de multa). En caso de no estar de acuerdo con la multa que recibiste, puedes reclamar por medio de un juicio de nulidad o recurso de revisión.

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TAMBIÉN CONSIDERA…

– Si ocurre alguna emergencia o necesitas ayuda, marca el 088.

– Duerme al menos 8 horas antes de realizar un viaje en carretera y revisa bien tu vehículo.

– En ninguna parte del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal se señala que las autoridades tienen la facultad de recoger las placas ni las tarjetas de circulación, el tránsito de un vehículo sin placas depende de la legislación estatal.

– Para revisar completo el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales da clic aquí.

Vía: Sopitas.com

¡Felices vacaciones te desea CR Comunicación!